El cabildeo en el Congreso del Estado de Guanajuato

dc.contributor.advisorRamírez Zamarripa, Alejandro Armando
dc.contributor.authorSopeña Quiroz, Jorge Octavio
dc.date.accessioned2022-09-09T22:31:58Z
dc.date.available2022-09-09T22:31:58Z
dc.date.issued2021
dc.degree.departmentDepartamento de Ciencias Sociales y Humanidades
dc.degree.levelMaestría
dc.degree.nameMaestría en Derecho Constitucional y Amparo
dc.description.abstractEl Congreso del Estado de Guanajuato ha constituido un Parlamento Abierto que busca incentivar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones para la creación de leyes, y así promover la transparencia y la rendición de cuentas gubernamental por medio de la tecnología al alcance de los ciudadanos. La trascendencia del ámbito legislativo y la participación de la ciudadanía es importante para la construcción de leyes sensibles que favorezcan el desarrollo del estado. Aquí es donde radica la importancia del parlamento: la ciudadanía hace alianzas con el gobierno en un ambiente de pluralidad constituido por diversas manifestaciones sociales, culturales y políticas que son susceptibles de dar forma a un reflejo de la sociedad; por lo que es importante la profesionalización de esta voz ciudadana. Desde las primeras sociedades democráticas, la responsabilidad compartida en el control gubernamental formó parte de los esquemas democráticos y, desde esos años, los parlamentos han mantenido dos perspectivas a la hora de legislar: la parte política y la parte técnica. A la parte política le atañe la responsabilidad de tomar decisiones con un marco ideológico social específico en la construcción de las leyes, las cuales deben ser generales, abstractas y permanentes. Mientras que la parte eminentemente técnica del derecho busca la creación de leyes que, en su aplicación, no generen problemas a los juzgadores y operadores de la ley que pudieran tener consecuencias negativas. Gerardo Romero Altamirano y Gema N. Morales Martínez (2017) consideran que la democracia participativa se cimienta en la tarea de colocar al ciudadano en el centro como principio fundamental de las decisiones. De la necesidad de tomar en cuenta a la ciudadanía para su involucramiento en el quehacer legislativo de forma transparente, han surgido diversos mecanismos de participación ciudadana, los cuales fueron introducidos a la legislación mexicana desde tiempos atrás, y han sido mejorados para garantizar el ejercicio del derecho ciudadano de plantear propuestas para concertar acciones. El referéndum, la revocación de mandato, el plebiscito, la consulta popular para la planeación y la iniciativa popular son algunos de los mecanismos de participación ciudadana consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyos procedimientos —a través de diversos ordenamientos secundarios, de orden estatal y federal— han sido regulados para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular; así como la promoción de la participación ciudadana cada día más institucionalizada. Esta sinergia entre ciudadanos y gobierno ha convencido a los actores políticos y a las instituciones, tanto públicas como privadas, de los beneficios que se pueden producir en múltiples aspectos que generarán competitividad gubernamental. Debido a ello, hoy en día es un deber promover la creación de espacios e implementar los mecanismos que permitan a los ciudadanos incidir en las decisiones del Estado. En este mismo sentido, se debe entender como una responsabilidad de la sociedad el involucrarse responsable e informadamente en estos espacios, porque solamente disponiendo de ellos es como se podrá medir su eficiencia e impacto en el quehacer gubernamental. En el Diagnóstico de Parlamento Abierto en México (2015) de la Alianza para el Parlamento Abierto (APA), constituido por doce organizaciones de la sociedad civil, se indica qué tan cercanos y transparentes son los congresos del país y si rinden o no cuentas a los ciudadanos. En México se agruparon diez principios de parlamento abierto con base en el contenido de la Declaración sobre la Transparencia Parlamentaria, que a continuación se destacan: 1. Derecho a la información 2. Participación ciudadana y rendición de cuentas 3. Información parlamentaria 4. Información presupuestal y administrativa 5. Información sobre legisladores y servidores públicos 6. Información histórica 7. Datos abiertos y no propietarios 8. Accesibilidad y difusión 9. Conflictos de interés 10. Legislar a favor de gobierno abierto En el Congreso del Estado de Guanajuato se han realizado acciones en concreto para materializar estos diez principios, con la intención de transparentar el trabajo legislativo y la rendición de cuentas, de manera que se pueda establecer un congreso abierto que permita formalizar las aspiraciones de los ciudadanos. Por estas consideraciones, la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado fue armonizada con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato, con el fin de dar cabida a estos principios en el quehacer legislativo. Se implementó la gaceta parlamentaria de naturaleza electrónica y dinámica que muestra, de principio a fin, el proceso legislativo de las iniciativas, propuestas e informes de resultados de auditorías practicadas a los sujetos obligados; de igual manera se puso a disposición de la ciudadanía la información presupuestal del Congreso del Estado, así como la información histórica sobre el trabajo legislativo en datos abiertos; asimismo se establecieron, por parte del órgano interno de control, los formatos de declaraciones de interés, patrimonial y fiscal, cuyo llenado de conformidad a la norma en materia anticorrupción es una obligación que tienen los integrantes del Congreso del Estado. En relación con el cumplimiento del principio «Legislar a favor de gobierno abierto», como Congreso del Estado se comenzó con la generación de las normas que permitieron la implementación de los propios mecanismos al interior de este, y en 2018 se llevó a cabo el proceso legislativo para reformar el artículo 36 de la Constitución Política para el estado de Guanajuato, donde se establece que los poderes del Estado deberán regirse bajo los principios de Parlamento Abierto, Gobierno Abierto y Justicia Abierta, respectivamente, mismos que estarán orientados a la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas en los términos de sus respectivas leyes orgánicas; tarea en la que se encuentran inmersos los Poderes del Estado para dar cumplimiento a este precepto constitucional. La figura que ha adquirido importancia en cuanto a su desarrollo, evolución y trascendencia es la del cabildeo formal ante el Congreso del Estado. A partir del cabildeo, ciudadanos con intereses legítimos han intervenido directamente en las decisiones y el comportamiento de los legisladores, lo que ha generado que propuestas ciudadanas se materialicen a través de la norma.
dc.format.mediumcomputadora
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.identifier.rorhttps://ror.org/00f1wmk62
dc.identifier.urihttps://repositorio.iberoleon.mx/handle/20.500.12152/868
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad Iberoamericana León
dc.publisher.countryMéxico
dc.rightsAcceso en línea sin restricciones
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/mx/
dc.subject.keywordEl cabildeo
dc.subject.keywordParticipación ciudadana institucionalizada
dc.subject.keywordEl cabildeo político
dc.subject.keywordGuanajuato
dc.titleEl cabildeo en el Congreso del Estado de Guanajuato
dc.typeArtículo Publicable en Revista Especializada
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