El nuevo reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y culto público de México

Fecha
2006
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Editor
Universidad Iberoamericana León
Resumen
Después de un lapso considerable (once años) carentes del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, el jueves 6 de noviembre de 2003 el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quezada, ordenó la publicación del mismo en el Diario Oficial de la Federación. Grosso modo, el Reglamento consta de cinco títulos, éstos a su vez se dividen en uno o más capítulos para generar un total de cincuenta artículos. Nuestra intención es examinar cada una de las disposiciones a la luz del principio de cooperación del Estado con las Iglesias o Asociaciones Religiosas (en adelante AR) advertimos que en México, constitucionalmente dicho principio no existe, pues el constituyente permanente manifestó la separación del Estado y las Iglesias. Sin embargo, para quienes defendemos la coexistencia de una cooperación de facto -entre el Estado Mexicano y las AR- el nuevo Reglamento no hace más que confirmar nuestra aseveración.
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